martes, 13 de agosto de 2013

Links de interés - búsqueda de jurisprudencia


Jurisprudencia:

Corte Suprema: http://www.csjn.gov.ar/jurisp/jsp/sumarios.do?usecase=goConsultaJurisprudencia&internet=Y

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal: http://jurisprudencia.pjn.gov.ar/documentos/jurisp/index.jsp
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Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.tsjbaires.gov.ar/tsj/jurisprudencia.asp

Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires: http://www.scba.gov.ar/jubanuevo/integral.is

Jurisprudencia administrativa (dictámenes):

Procuración del Tesoro: http://www.ptn.gov.ar/

Legislación:

Ministerio de Economía: http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/mostrarBusquedaNormas.do

Legislación CABA: http://www.cedom.gov.ar/

Otros:

Diccionario de la Real Academia: http://www.rae.es/

La Ley (con suscripción): http://www.laleyonline.com.ar/

Abeledo (con suscripción): http://www.abeledoperrot.com/

El Dial (con suscripción): http://www.eldial.com/

Diario Judicial: http://www.diariojudicial.com.ar/

Defensoría del Pueblo de la Ciudad: http://www.ciudadyderechos.org.ar/
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Guía referencias bibliográficas


En el listado siguiente se han seleccionado algunas de las obras más importantes de la disciplina -las más accesibles al estudiante- que tratan los distintos puntos constitutivos del núcleo conceptual del curso, y se ofrecen a modo de guía a los fines de facilitar el trabajo de investigación y comparación que desee realizar el alumno.
Asimismo, se añaden algunos trabajos y fallos publicados en revistas jurídicas especializadas, que por su claridad y concisión pueden llegar a despertar el interés de quien pretenda profundizar los tópicos abordados


a. PRINCIPIO DE LEGALIDAD. FACULTADES REGLADAS Y DISCRECIONALES


a.1 Gordillo, Agustín, Tratado de Derecho Administrativo, T. I, Parte General, 8ª ed., Buenos Aires, Fundación de Derecho Administrativo, 2003, cap. X

a.2 Cassagne, Juan Carlos, Derecho Administrativo, T. II, 7ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2004, Tít. 1°, cap. VII, sección 3°

a.3 Marienhoff, Miguel S., Tratado de Derecho Administrativo, T. I, 5ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1995, Tít. 1º, § 21.e
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a.4 Diez, Manuel María, Derecho Administrativo, T. I, Buenos Aires, Omeba, 1963, cap. II, § 8 a 21

a.5 Fiorini, Bartolomé A., Que es el contencioso, Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1997, cap. I

a.6 Grecco, Carlos, “La doctrina de los conceptos jurídicos indeterminados y la fiscalización judicial de la actividad administrativa”, LL 1980-D, 1306

a.7 Comadira, Julio R., “La actividad discrecional de la administración pública. Justa medida del control judicial”, ED 186-600

a.8 “Recurso de hecho deducido por Amelia Sesto de Leiva en la causa Leiva, Amelia Sesto de c/ Poder Ejecutivo de la Provincia de Catamarca”, CSJN, 19/09/1989, Fallos 312:1686, disidencia del Dr. Belluscio

a.9 “Ducilo S.A. s/ recurso de amparo (ley 20.680)”, CSJN, 27/02/1990, Fallos 313:153 (revisión de la discrecionalidad)

a.10 “Elías, Jalife s/ acción de amparo”, CSJN, 16/12/1993, Fallos 316:3077 (revisión de la discrecionalidad)

a.11 “Marenco”, CNCAF, Sala I, 16/04/1998, voto del Dr. Buján (revisión de la discrecionalidad)

a.12 “Mazzini”, CNCAF, Sala II, 13/02/1992, voto de la Dra. Herrera (revisión de la discrecionalidad)

a.13 “Lacarra”, CNCAF, Sala II, 20/09/2001, voto de la Dra. Herrera (revisión de la discrecionalidad)

a.14 “Marassi”, CNCAF, Sala II, 11/08/2005, voto de la Dra. Herrera (revisión de la discrecionalidad)

a.15 “González, Alejandro Daniel y otros c/ M° de Cultura y Educación s/ Proceso de conocimiento”, del dictamen del Procurador General, al que adhirió la CSJN el 18/12/2002, Fallos 325:3435 (concepto de facultades discrecionales)

a.16 “Instituto Dupuytren de Traumatología y Ortopedia S.A. c/ Estado Nacional s/ incumplimiento de prestación de obra social”, CSJN, 06/02/2004, Fallos 327:5 (revisión de la discrecionalidad)


b. FUNCIÓN ADMINISTRATIVA, JURISDICCIONAL Y LEGISLATIVA DE LOS ÓRGANOS DEL ESTADO


b.1 Gordillo, Tratado de Derecho Administrativo, T. I, 8ª ed., Buenos Aires, FDA, 2003, cap. IX y del mismo Tratado, T. III, cap. I

b.2 Cassagne, Derecho Administrativo, T. I, 7ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2004, Tít. 1°, cap. III

b.3 Marienhoff, Tratado de Derecho Administrativo, T. I, 5ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1995, Tít. 1º, § 1 y ss.
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b.4 Diez, Derecho Administrativo, T. I, Buenos Aires, Omeba, 1963, cap. I, § 1 a 3

b.5 Bidart Campos, Manual de la Constitución Reformada, T. III, Buenos Aires, Ediar, 2000, cap. XLII, ap. VI

b.6 Fiorini, Bartolomé A., Procedimiento administrativo y recurso jerárquico, 2° ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1971, cap. I

b.7 Canosa, Armando N., Los recursos administrativos, Buenos Aires, Depalma, 1996, cap. I, a) y b)

b.8 López Vergara, Patricia, “¿Existe jurisdicción administrativa, o facultad jurisdiccional de la administración?”, comentario al fallo “Fernández Arias”, en Colección de Análisis Jurisprudencial, Tomás Hutchinson (dir.), Buenos Aires, La Ley, 2003, p. 3 y ss.; de la misma autora y obra, “Función administrativa del poder judicial”, p. 20 y ss.

b.9 Cassagne, Juan Carlos, “Las facultades jurisdiccionales de los entes reguladores (a propósito del caso ‘Ángel Estrada’)”, LL 2005-C, 736

b.10 Mora, Roberto D., “Una de cal y otra de arena (a propósito del fallo ‘Ángel Estrada y Cía. S.A.’)”, LL 2005-C

b.11 Pulvirenti, Orlando D., “Enredados. Reflexiones sobre la nueva regulación del Enargas a la luz de ‘Angel Estrada vs. Enre’”, LL 2006-A, 886

b.12 García Sanz, Agustín A. M., “Limitación de responsabilidad y servicios públicos: Cuando el sol es más grande que la mano (Notas al margen del fallo ‘Estrada’)”, LL 2005-D, 431

b.13 Falleti, N. Atilio, “Un caso con potencial aprovechado en parte”, LL 2005-D, 446


c. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA, PRINCIPIOS, COMPETENCIA


c.1 Gordillo, Tratado de Derecho Administrativo, T. I, 8ª ed., Buenos Aires, FDA, 2003, cap. XII

c.2 Cassagne, Derecho Administrativo, T. I, 7ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2004, Tít. 2°, cap. I y II

c.3 Marienhoff, Tratado de Derecho Administrativo, T. I, 5ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1995, Tít. 4º, caps. I, III, VI

c.4 Diez, Derecho Administrativo, T. II, Buenos Aires, Omeba, 1965, cap. I, § 1 a 25
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c.5 Hutchinson, Tomás, Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, T. I, 3° reimp., Buenos Aires, Astrea, 1997, comentario al art. 3° (ps. 85/118), también se puede consultar del mismo autor, Régimen de Procedimientos Administrativos, 4° ed., Buenos Aires, Astrea, 1998, p. 68/73

c.6 Comadira, Julio R., Procedimientos Administrativos, Buenos Aires, La Ley, 2003, comentario al art. 3º, ps. 116/165


d. DESCENTRALIZACIÓN, ENTES PÚBLICOS NO ESTATALES, CONFLICTOS ADMINISTRATIVOS


d.1 Gordillo, Tratado de Derecho Administrativo, T. I, 8ª ed., Buenos Aires, FDA, 2003, cap. XIV

d.2 Cassagne, Derecho Administrativo, T. I, 7ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2004, Tít. 2°, caps. IV y V

d.3 Marienhoff, Tratado de Derecho Administrativo, T. I, 5ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1995, Tít. 3º, cap. III
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d.4 Diez, Derecho Administrativo, T. II, Buenos Aires, Omeba, 1965, cap. II, § 1 a 23

d.5 Hutchinson, Tomás, Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, T. I, 3° reimp., Buenos Aires, Astrea, 1997, comentario al art. 4° (ps. 118/124) y en Régimen de Procedimientos Administrativos, 4° ed., Buenos Aires, Astrea, 1998, ps. 73/76

d.6 Comadira, Procedimientos Administrativos, Buenos Aires, La Ley, 2003, comentario a los arts. 4º-5º, ps. 166/173


e. FUENTES


e.1 Gordillo, Tratado de Derecho Administrativo, T. I, 8ª ed., Buenos Aires, FDA, 2003, cap. VII

e.2 Cassagne, Derecho Administrativo, T. I, 7ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2004, Tít. 1°, cap. VI

e.3 Marienhoff, Tratado de Derecho Administrativo, T. I, 5ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1995, Tít. 2º, cap. III, A y B

e.4 Diez, Derecho Administrativo, T. I, Buenos Aires, Omeba, 1963, cap. IV, § 11 a 18; cap. VIII, § 1 a 33
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e.5 “Cocchia, Jorge Daniel c/ Estado Nacional y otro s/ acción de amparo”, CSJN, 02/12/1993, Fallos 316:2624; LL 1994-II, 552

e.6 “Video Club Dreams c/ Instituto Nacional de Cinematografía”, CSJN, 06/06/1995, Fallos 318:1154, con nota de Balbín, Carlos, “Los reglamentos de necesidad y urgencia después de la reforma constitucional de 1994”, en Colección de Derecho Administrativo, Tomás Hutchinson (dir.), p. 45 y ss

e.7 “Guida, Liliana c/ Poder Ejecutivo Nacional”, CSJN, 02/06/2000, Fallos 323:1566, LL 2000-III, 190

e.8 “San Luis, Provincia de c/ Estado Nacional y otros s/ Acción de amparo”, CSJN, 05/03/2003, Fallos 326:417

e.9 “Rodríguez, Jorge s/ solicita intervención en autos: ‘Nieva, Alejandro y otros c/ Poder Ejecutivo Nacional -decreto 842/97-”, CSJN, 17/12/1997, Fallos 320:2851, con comentario de Félix Loñ, ‘¿Supralegalidad de los decretos de necesidad y urgencia?’, LL 1998-I, 168

e.10 Midón, Mario A. R., “Ley 25.414: Algunas consideraciones en torno a la legislación delegada”, LL

e.11 Palacio de Caeiro, Silvia B., “Bases para el control de constitucionalidad de la legislación delegante y delegada (artículo 76 de la Constitución Nacional)”, LL, 2/11/01.

e.12 Badeni, Gregorio, “Límites de la delegación legislativa”, LL, 23/8/01.


f. SISTEMAS DE CONTROL


f.1 Gordillo, Tratado de Derecho Administrativo, T. I, 8ª ed., Buenos Aires, FDA, 2003, cap. XII, § 14

f.2 Cassagne, Derecho Administrativo, T. I, 7° ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2004, Tít. 2°, cap. III, § 8 a 16
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f.3 Diez, Derecho Administrativo, T. V, Buenos Aires, Plus Ultra, 1971, cap. VIII, § 1 a 4


g. ACTO. ELEMENTOS. CARACTERES


g.1 Gordillo, Tratado de Derecho Administrativo, T. III, El acto administrativo, 5ª ed., Buenos Aires, FDA, 2000, caps. III, V y VIII

g.2 Cassagne, Derecho Administrativo, T. II, 7ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2004, Tít. 4, caps. II, III y VI

g.3 Marienhoff, Tratado de Derecho Administrativo, T. II, 4ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1993, Tít. 6, caps. I, II, secc. 1 a 5, § 371 a 469; caps. III a V, § 546 a 587

g.4 Diez, Derecho Administrativo. T. II, Buenos Aires, Omeba, 1965, cap. V, VII, VIII y IX
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g.5 Hutchinson, Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, T. I, 3° reimp., Buenos Aires, Astrea, 1997, comentario a los arts. 7° y 8° (ps. 147/179) y 12° (ps. 239/276) y en Régimen de Procedimientos Administrativos, 4° ed., Buenos Aires, Astrea, 1998, ps. 81/92 y 108/116

g.6 Comadira, El acto administrativo en la ley nacional de procedimientos administrativos, Buenos Aires, La Ley, 2003

g.7 Barraza, Javier I., “La forma como elemento del acto administrativo”, en jornadas Austral

g.8 Barraza, Javier I., “La causa como elemento del acto administrativo. Su diferencia con la motivación y con el motivo del acto”, LL 2001-B, 918

g.9 Dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación, de fecha 25/06/2002 recaído en expediente N° 025-000971/01, sobre la necesidad de dictamen jurídico previo como elemento esencial del acto.

g.10 Canda, Fabián Omar, “La revocación por oportunidad del acto administrativo”, en jornadas Austral

g.11 Marcer, Ernesto Alberto, “Revocación por ilegitimidad del acto administrativo”, en jornadas Austral

g.12 Comadira, Julio R., “El caso Legón: un fallo reconfortante” (incluye texto del fallo de la CNCont.-adm. Fed. y de la CSJN),

g.13 “Cima, María Cristina c/ Télam S.A.”, CSJN, 28/6/77, Fallos 298:172. Publicidad, condición de validez o eficacia de la notificación.


h. NULIDADES

h.1 Gordillo, Tratado de Derecho Administrativo, T. III, 5ª ed., Buenos Aires, FDA, 2000, caps. IX y XI

h.2 Cassagne, Derecho Administrativo, T. II, 7ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2004, Tít. 4, cap. IV

h.3 Marienhoff, Tratado de Derecho Administrativo, T. II, 4ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1993, cap. II, secc. 6, § 470 a 501

h.4 Diez, Derecho Administrativo, T. II, Buenos Aires, Omeba, 1965, cap. XI y XII
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h.5 Hutchinson, Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, T. I, comentario a los arts. 14° y 15° (ps. 286/348) y en Régimen de Procedimientos Administrativos, ps. 122/132

h.6 Comadira, Julio R., Procedimientos Administrativos, Buenos Aires, La Ley, 2003, comentario a los arts. 14º-16º, ps. 276/332


i. REVOCACIÓN / ESTABILIDAD


i.1 Gordillo, Tratado de Derecho Administrativo, T. III, 5ª ed., Buenos Aires, FDA, 2000, cap. VI y XIII

i.2 Cassagne, Derecho Administrativo, T. II, 7ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2004, Tít. 4°, cap. VII

i.3 Marienhoff, Tratado de Derecho Administrativo, T. II, 4ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1993, cap. II, secc. 7, § 502 a 535

i.4 Diez, Derecho Administrativo, T. II, Buenos Aires, Omeba, 1965, cap. X
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i.5 Hutchinson, Ley Nacional de Procedimientos Administrativos, T. I, comentario a los arts. 17° y 18° (ps. 354/415) y en Régimen de Procedimientos Administrativos, ps. 136/145

i.6 Comadira, Julio R., La anulación de oficio del acto administrativo. La denominada cosa juzgada administrativa, 2° ed., Buenos Aires, 1998

i.7 Gordillo, Agustín, “Derecho adquirido y derecho ejercido”, LL 1996-D, 120, comentario al fallo “Caja de Crédito Impulsora Soc. Coop. Ltda.. c/ Talleres Navales Terrestres Magallanes y otro”, CNCAF, Sala I, del 21/06/1996

i.8 Cassagne, Juan C., “El fallo ‘Carman de Cantón’: un hito fundamental en la consolidación de las vertientes garantísticas del derecho administrativo argentino”, LL 2002-B, 19
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.j. PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
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j.1 Gordillo, Tratado de Derecho Administrativo, T. II, 8ª ed., Buenos Aires, FDA, 2006, cap. IX y esp. X, y del mismo Tratado, T. IV, caps. IV a VII

j.2 Cassagne, Derecho Administrativo, T. II, 7ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2004, Tít. 6, caps. I a V

j.3 Diez, Derecho Administrativo, T. V, Buenos Aires, Plus Ultra, 1971, cap. VI, § 1 a 3, y 9

j.4 Comadira, Procedimientos Administrativos, Buenos Aires, La Ley, 2003, comentario al art. 1º, ps. 50/104

j.5 Linares, Juan Francisco, "La garantía de defensa ante la administración", LL t. 142, secc. doctrina, ps. 1137/46

j.6 Cassagne, Juan C., "En torno a la naturaleza del procedimiento administrativo y sus clasificaciones fundamentales", ED t. 97 (1982), ps. 889/96; y "Acerca de la conexión y diferencias entre el procedimiento administrativo y el proceso civil", LL t. 1990-C, ps. 967/75

j.7 Canosa, Armando N., "La vista en el procedimiento administrativo", ED t. 134-899; y "La notificación en los procedimientos administrativos especiales (a propósito de un plenario de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal)", Revista del Régimen de la Administración Pública (RAP) nº 306, ps. 53/60


k. RECURSOS ADMINISTRATIVOS. HABILITACIÓN DE LA INSTANCIA JUDICIAL


k.1 Gordillo, Tratado de Derecho Administrativo, T. IV, 8ª ed., Buenos Aires, FDA, 2004, caps. III y VIII a XIII

k.2 Cassagne, Derecho Administrativo, T. II, 7ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2004, Tít. 6, cap. 6

k.3 Comadira, Procedimientos Administrativos, Buenos Aires, La Ley, 2003, comentario a los arts. 23º-32º, ps. 405/517


l. RESPONSABILIDAD DEL ESTADO


l.1 Gordillo, Tratado de Derecho Administrativo, T. II, 8ª ed., Buenos Aires, FDA, 2006, caps. XIX y XX

l.2 Cassagne, Derecho Administrativo, T. I, 7ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2004, Tít. 3, caps. I a V

l.3 Marienhoff, Tratado de Derecho Administrativo, T. IV, 6ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1997, Tít. 10º, cap. I, § 1624 a 1649; cap. III, § 1664
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l. 4 Diez, Derecho Administrativo, T. V, Buenos Aires, Plus Ultra, 1971, cap. I
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m. PODER DE POLICÍA

m.1 Gordillo, Tratado de Derecho Administrativo, T. II, Buenos Aires, FDA, 2006, cap. V

m.2 Cassagne, Derecho Administrativo, T. II, 7ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2004, Tít. 5, cap. II
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m.3 Marienhoff, Tratado de Derecho Administrativo, T. IV, 6ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1997, Tít. 9º, cap. I, § 1512 a 1526; 1609
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m.4 Diez, Derecho Administrativo, T. IV, Omeba, 1969, cap. I
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ñ. CONTRATOS ADMINISTRATIVOS


ñ.1 Gordillo, Tratado de Derecho Administrativo, T. I, 8ª ed., Buenos Aires, FDA, 2003, cap. XI y del mismo Tratado, T. II, cap. XII

ñ.2 Cassagne, El contrato administrativo, Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1999, esp. caps. I, II, III, VIII y apéndice jurisprudencial

ñ.3 Marienhoff, Tratado de Derecho Administrativo, T. III-A, 4ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1998, Tít. 7, caps. I, II, IV, § 588 a 615, 621 a 672

ñ.4 Diez, Derecho Administrativo, T. II, Buenos Aires, Omeba, 1965, cap. XVIII

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o. SERVICIO PÚBLICO


o.1 Gordillo, Tratado de Derecho Administrativo, T. II, 8ª ed., Buenos Aires, FDA, 2006, caps. VI y VII

o.2 Cassagne, Derecho Administrativo, T. II, 7ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 2004, Tít. 5, cap. I

o.3 Marienhoff, Tratado de Derecho Administrativo, T. II, 4ª ed., Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1993, Tít. 5, caps. I a IX, § 289 a 370, esp. 293, 297, 305, 306, 312 y ss.
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o.4 Diez, Derecho Administrativo, T. III, Buenos Aires, Omeba, 1967, cap. V, § 1, 3, 8, 8', 10, 12
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Guia de Estudio II

CUESTIONARIOS GUÍA – 2da parte


X Principios del procedimiento administrativo


· ¿Cual es el presupuesto del que parte la CS para la aplicación del art. 124 CPCCN al campo administrativo?

· ¿Cómo y a partir de cuando se computan los plazos en el procedimiento administrativo? Correlaciones y apartamientos del Título II del Código Civil

· ¿Cuando debe considerarse operada una notificación practicada un día sábado? Distintas posturas

· ¿Cuáles son las condiciones que exige la Reglamentación para los medios de notificación? ¿Y las consecuencias de su incumplimiento?

· ¿Cómo juega la aplicación conjunta de los arts. 124 y 158 del CPCCN frente a oficinas domiciliadas en extraña jurisdicción y con diferentes horarios de atención?

· ¿En qué carácter concurre el interesado al procedimiento administrativo impugnatorio?

· El pedido de vista, ¿suspende o interrumpe el plazo para recurrir?. Distintas posturas, fundamentos y consecuencias de cada una

· ¿Cómo opera el silencio administrativo? Sentidos

· Amparo por mora. Procedencia, trámite, apelabilidad, costas


XI Recursos administrativos. Habilitación de la instancia judicial


· Fundamentos del agotamiento de la vía administrativa

· Sistema de la doble vía. Diferencias

· Vía recursiva: Recursos procedentes. Optativos y obligatorio. Plazos de interposición y de resolución. Denegación tácita

· Agotamiento en la administración centralizada y en la descentralizada

· Interposición tardía de recursos. Consecuencias. Revisión judicial de la denuncia

· Plazo para recurrir a sede judicial. Incumplimiento. Efectos.

· Vía reclamativa. Procedencia, fundamento, plazos. Denegación tácita. Ley 25.344 y valoración del sistema por la CS antes de su dictado

· Excepciones vigentes al reclamo administrativo previo

· Impugnación de actos administrativos de alcance general. Vía directa, vía indirecta

· Control de oficio de los recaudos de demandabilidad del Estado


XII Responsabilidad del Estado


· Requisitos de procedencia de la responsabilidad del Estado por su actividad ilegítima

· Concepto de falta de servicio y fundamento normativo

· Imputabilidad (dominus-teoría del órgano) y factor de atribución

· Requisitos de procedencia de la responsabilidad del Estado por su actividad legítima

· Responsabilidad del Estado por omisión

· Alcance de la reparación en la responsabilidad del estado por actuación lícita. Rubros que la integran, distintas posturas y fundamentos de cada una

· Responsabilidad del Estado por su actividad judicial. Error in procedendo - in iudicando. Medidas precautorias


XIII Poder de policía


· Concepto de policía y poder de policía. Criterio amplio y restringido. Evolución y alcance actual


XIV Contratos administrativos


· ¿Qué datos tipifican a un contrato de administrativo?

· Diferencias con el contrato privado. Efectos

· Prerrogativas estatales. Cláusulas exorbitantes y régimen exorbitante

· Garantías del particular

· Procedimientos de selección: Principio, excepciones, normativa actual


XV Servicio público


· Distintas clases de monopolios

· Titularidad, publicatio y concesión

· Caracteres del régimen de servicio público

· Competencia jurisdiccional de los entes reguladores a la luz de las leyes 24.065 y 24.076

· Responsabilidad de los concesionarios de servicios públicos por los daños y perjuicios causados por el deficiente suministro. Limitación a las multas previstas contractualmente. Postura de la CS
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Guia de Estudio I

CUESTIONARIOS GUÍA – 1ra parte


I Principio de legalidad. Facultades regladas y discrecionales


· Diferencia entre facultades regladas y discrecionales de la Administración

· Revisión judicial del acto en el caso de las facultades regladas y en el de las facultades discrecionales

· Criterio cualitativo o cuantitativo en la distinción de tales facultades

· Alcance del concepto de “legitimidad”

· ¿En qué elemento del acto podría encuadrar la discrecionalidad de una decisión administrativa?

· ¿Qué otro elemento adquiere mayor relevancia en el ejercicio de dichas facultades?


II Función administrativa, jurisdiccional y legislativa de los órganos del Estado


· Facultades jurisdiccionales de la Administración. Principios y artículos constitucionales involucrados

· Reconocimiento jurisprudencial. Alcance, límites

· Especialización del órgano, jurisprudencia

· Facultades materialmente legislativas de la Administración.

· Emisión de actos administrativos por parte de otros poderes del Estado distintos del Ejecutivo. Jurisprudencia

· Teoría subjetiva u orgánica de la función administrativa

· Teoría objetiva o material

· Teoría mixta


III Organización administrativa. Principios, competencia


· ¿Cómo se caracteriza a la relación de jerarquía entre los órganos de la Administración Pública?

· ¿Qué es la competencia?. Clases. Caracteres

· Delegación. Régimen legal. Procedencia

· Avocación. Régimen legal. Procedencia

· Aplicación de la LNPA a sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria


IV Descentralización. Entes públicos no estatales. Conflictos interadministrativos


· ¿Qué diferencias puede enumerar entre las técnicas de “centralización” y “descentralización” administrativas?

· ¿Quién puede crear un ente descentralizado?

· ¿Qué tipo de relación existe entre la administración centralizada y la administración descentralizada?

· Diferencia entre un ente desconcentrado y uno descentralizado. Tipo de control que se ejerce sobre cada uno

· Diferencia entre autarquía y autonomía. Ejemplos de cada una

· Personas públicas no estatales. Datos para distinguirlas de las personas privadas y de las estatales.

· Carácter público o privado de los actos que celebran los entes públicos no estatales. Jurisprudencia

· Conflictos interadministrativos: pecuniarios y de competencia. Forma de resolver cada uno. Régimen legal


V Fuentes


· Distintos tipos de reglamentos que emite la Administración.

· Encuadre constitucional de cada uno

· Jurisprudencia

· ¿Qué tipo de delegación es la autorizada por la CS? Diferencias entre cada una

· Consecuencias del silencio del Congreso con relación al dictado de un DNU. Jurisprudencia previa a la reforma constitucional y régimen legal actual

· ¿A qué órgano le corresponde el control respecto de la concurrencia de las condiciones bajo las cuales se admite el dictado de los DNU?. Divergencias jurisprudenciales y doctrina actual


VI Sistemas de control


· Control interno y externo del Sector Público Nacional

· Ámbito del que depende cada uno y a cargo de quien se encuentra

· ¿Qué crítica se puede formular a los requisitos legales establecidos para ser Defensor del Pueblo de la Nación?


VII Acto. Elementos. Caracteres


· Concepto de acto administrativo. Diferencia con el hecho

· Elementos del acto administrativo. Régimen legal y contenido de cada uno

· Remisión normativa como recaudo de la motivación. Jurisprudencia

· Teoría de la subsanación. Alcance y jurisprudencia

· Distintas formas de publicidad del acto

· Presunción de legitimidad, ejecutoriedad. Régimen legal. Consecuencias

· Suspensión del acto en sede administrativa y en sede judicial. Recaudos de procedencia para cada una


VIII Nulidades

· Los tipos de nulidad en el Código Civil y en la LNPA

· Alcance de acto irregular y regular en la LNPA

· Distintos vicios que pueden afectar al acto administrativo. Régimen legal


IX Revocación, estabilidad

· Revocación del acto irregular. Régimen legal. Procedencia y excepciones

· Revocación del acto regular. Régimen legal. Procedencia y excepciones.

· Cosa juzgada administrativa

· Aplicación de las excepciones a la estabilidad del acto regular al acto irregular. Jurisprudencia

Indice Carpeta II

ELEMENTOS DE DERECHO ADMINISTRATIVO
CÁTEDRA: TAWIL – BARRAZA
COMISIÓN: 8078

Segunda parte


X PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO


X-1 “Fundación Universidad de Belgrano”, CSJN, 05/10/1978, Fallos 300:1070; con nota de Bidart Campos, Germán, “Ritualismo formal exagerado versus solución justa”, ED 80-630; y de Docobo, Jorge José, “El plazo de gracia en el procedimiento administrativo”, LL 1979-B, 105

X-2 “Parodi, Fernando A.”, CNACAF, Sala IV, 10/04/1986, con nota de Tawil, Guido Santiago, “El cómputo de los plazos para recurrir y los días hábiles administrativos”, LL 1986-E, 561

X-3 “Mattera, Juan Francisco”, CNACAF, Sala III, 22/06/2006

X-4 “Autolatina Argentina S.A. (T.F. 7644-A) c/ A.N.A.”, CNACAF, Sala IV, 01/04/1997


XI RECURSOS ADMINISTRATIVOS. HABILITACIÓN DE LA INSTANCIA JUDICIAL


XI-1 “Gorordo, Haydee c/ Ministerio de Cultura y Educación”, CSJN, 04/02/1999, Fallos 322:73

XI-2 “El agotamiento de la instancia administrativa como presupuesto de acceso a la instancia judicial”, Muratorio, Jorge I., en RAP Nº 268 (2001), ps. 17/24


XII RESPONSABILIDAD DEL ESTADO


XII-1 “Vadell, Jorge Fernando c/ Provincia de Buenos Aires”, CSJN, 18/12/1984, Fallos 306:2030, con nota de Cassagne, Juan C., “La responsabilidad extracontractual del Estado en la jurisprudencia de la Corte”, ED 114-215

XII-2 “Columbia c/ BCRA”, CSJN, 19/05/1992, Fallos 315:1026

XII-3 “El Jacarandá S.A. c/ Estado Nacional s/ juicios de conocimiento”, CSJN, 28/07/2005, Fallos 328:2654; LL 2006-A, 828

XII-4 “El lucro cesante frente a la responsabilidad por actividad lícita del Estado, su regulación en la Ley de Emergencia Económica y en el Decreto Delegado Nº 1.023/2001”, Isabella, Diego P., en Régimen de Contrataciones y Compre Nacional, Ed. RAP


XIII PODER DE POLICÍA


XIII-1 “Cine Callao”, CSJN, 1960, Fallos 247:121, con nota de Rafael Bielsa, LL 100, 46
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XIV CONTRATOS ADMINISTRATIVOS


XIV-1 “Cinplast”, CSJN, 02/03/1993, Fallos 316:212; JA 1994-I, 313

XIV-2 “El caso OCA: una aclaración conceptual de la Corte en materia de contratos administrativos”, Coviello, Pedro J. J., LL 1996-E, 76


XV SERVICIO PÚBLICO


XV-1 Tratado de Derecho Administrativo, Marienhoff, Miguel S., T. III-B, Concesión de servicio público, cap. único, ps. 576/603 y 620/26 (nº 1146/59 –consideraciones generales, naturaleza jurídica– y 1171/73 –privilegios, exceptio–), Bs. As., Abeledo Perrot, 1978
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Indice Carpeta I

ELEMENTOS DE DERECHO ADMINISTRATIVO
CÁTEDRA: TAWIL – BARRAZA
COMISIÓN: 8078

Primera parte


I PRINCIPIO DE LEGALIDAD. FACULTADES REGLADAS Y DISCRECIONALES


I-1 Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) – “Consejo de Presidencia de la Delegación Bahía Blanca de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos s/ acción de amparo”, CSJN, 23/06/1992, Fallos 315:1361

I-2 Cassagne, Juan Carlos, “Una sentencia trascendente de la Corte que declara la nulidad de un decreto del Poder Ejecutivo”, ED 178:687 o ED del 17/07/1998

I-3 Canosa, Armando N., “El control de legitimidad de los actos administrativos a través de la verificación de sus elementos”, LL 1995-B, 504

I-4 “Silva Tamayo, Gustavo Eduardo c/ EN – Sindicatura General de la Nación – Resol. 58/03, 459/03 s/ Empleo público”, CSJN, 27/12/2011, Fallos 334:1909


II FUNCIÓN ADMINISTRATIVA, JURISDICCIONAL Y LEGISLATIVA DE LOS ÓRGANOS DEL ESTADO


II-1 “Fernández Arias, Elena, y otros c/ Poggio, José ­suc.­”, CSJN, 19/09/1960, Fallos 247:646

II-2 “Villar de Puenzo, Leticia C. c/ Provincia de Buenos Aires”, SCBA, 20/02/1984, con comentario de Grecco, Carlos Manuel, “Impugnación judicial contra actos administrativos del Poder Judicial”, LL 1984-D, 141


III ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA, PRINCIPIOS, COMPETENCIA


III-1 “Autopistas del Sol S.A. c/ Enargas”, CNCAF, Sala I, 5/3/1998, LL 1998-E, 601

III-2 “La Buenos Aires Cía de Seguro c/ Petroquímica Bahía Blanca S.A.”, CSJN, 12/05/1988, Fallos 311:750, con comentario de Bianchi, Alberto B., “Anotaciones sobre los conceptos de Administración Pública y Función Administrativa”, ED 129:266


IV DESCENTRALIZACIÓN, ENTES PÚBLICOS NO ESTATALES, CONFLICTOS ADMINISTRATIVOS


IV-1 “Farmacia Roca S.C.S. c/ Instituto Nacional de Seguridad Social para Jubilados y Pensionados s/ contencioso – administrativo”, CSJN, 28/02/89, Fallos 312:234

IV-2 “Universidad de Mar del Plata c/ Banco de la Nación Argentina”, CSJN, 24/04/2003, Fallos 326:1355


V FUENTES


V-1 “Delfino y Cía.”, CSJN, 20/6/27, Fallos 148:430, JA 25-33

V-2 “Mouviel, Raúl Oscar y otros s/ Desórdenes, art. 1°, inc. c)- Escándalo, art. 1°, inc. a)”, CSJN, 17/5/57, Fallos 237:636

V-3 “Verrocchi, Ezio Daniel c/ Poder Ejecutivo Nacional - Administración Nacional de Aduanas s/ acción de amparo”, CSJN, 19/08/99, Fallos 322:1726


VI SISTEMAS DE CONTROL


VI-1 Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional (Títulos VI y VII)

VI-2 Barraza, Javier I., “El Defensor del Pueblo en la República Argentina. Propuestas para una reforma legislativa”, en Documentación Administrativa (DA) nº 269-270, mayo-diciembre 2004, ps. 247/57


VII ACTO. ELEMENTOS. CARACTERES


VII-1 “Piaggio de Valero, María Elena c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires”, CSJN, 07/07/1988, Fallos 311:1206

VII-2 “Duperial S.A.I.C. c/ Estado Nacional (Ministerio de Trabajo de la Nación) s/ nulidad de resolución", CSJN, 25/10/1979, Fallos 301:953
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VII-3 Dictamen de la Procuración del Tesoro de la Nación nº 120/91, mayo 7 de 1991. Expte. 008-89. Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (Dictámenes 197:61, B.O. 4/12/91, 2da. Sec.)

VII-4 “Hisi, Gustavo c/ Estado Nacional”, CNCAF, Sala III, 24/06/1993, LL 1994-D, 461, con comentario de Huici, Héctor M., “Subsanación en sede judicial de vicios en el procedimiento administrativo”


VIII NULIDADES


VIII-1 “Los Lagos”, CSJN, 31/06/1941, Fallos 190:142

VIII-2 “Pustelnik”, CSJN, 07/10/1975, Fallos 293:133


IX REVOCACIÓN / ESTABILIDAD


IX-1 “Almagro, Gabriela y otra c/ Universidad Nacional de Córdoba”, CSJN, 17/02/1998, Fallos 321:169, con comentario de Diez, Horacio Pedro, “El conocimiento del vicio por el administrado y la revocación del acto viciado de nulidad absoluta. La interpretación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso ‘Almagro’”, ED 178:676
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Condiciones Trabajos Prácticos y Cuestionarios




Materia: Elementos de Derecho Administrativo

Código: 141

Comisión Nº: 8078

Departamento: Derecho Público II

Segundo Período Lectivo de 2013

Aula: 135

Días y horas: Martes y Viernes, 18.30/20.00 hs.

Cátedra: TAWIL-BARRAZA

Docentes: Dres. Viviana Valentini, Marcela Roccatagliata, Tomás Arceo, Graciela Renzulli


Condiciones generales de los trabajos:

a) Su entrega debe hacerse en el horario de clases, en la fecha designada en cada uno de ellos sin excepción; no serán recibidos los trabajos enviados por correo electrónico a la dirección de los docentes o colaboradores, como así tampoco los entregados fuera de término;
b) No deben exceder de cinco carillas. Para determinar la extensión se tomará como base: hoja tamaño A4 (márgenes superior e inferior 2,5cm; izquierdo y derecho 3 cm), interlineado sencillo, escrito en letra arial Nº 12. No se admitirán trabajos confeccionados en forma manuscrita;
c) La resolución de los mismos es estrictamente individual;
d) Deben ser presentados sin carpeta, anillados, ni similares, únicamente dentro de un folio oficio, unidos en su parte superior izquierda por un gancho de abrochadora mecánica, en duplicado. Los trabajos estarán precedidos por una carátula en donde consten los siguientes datos: materia, código, comisión, departamento, período lectivo, aula, días y horas, profesor, nombre del alumno y número de D.N.I.
e) En la primer hoja, y luego de la carátula, deberá transcribirse las consignas de cada TP, en la fuente y formato indicados, en cursiva o negrita.
f) Existe una tolerancia en la falta de entrega de uno sólo de los trabajos (dentro de esta tolerancia, quedará incluida cualquier circunstancia de índole personal -salud, laboral, entre otros-, que no permita la entrega de un trabajo).
g) Se les suministrará a los alumnos una ficha en las cuales cada uno volcará los datos que allí se solicitan y pegarán una Foto 4x4 actual en el extremo superior derecho de la ficha. Es condición necesaria para la recepción del primer trabajo práctico haber presentado previamente la ficha, en la fecha estipulada en la primer clase.


Condiciones generales de los cuestionarios:

Para algunas clases está previsto la contestación de un cuestionario, a modo de guía de lectura (Guías de Estudio I y II), que no deberá ser entregado por escrito, pero sí tendrá que ser respondido por los alumnos durante la clase a requerimiento del docente. El objetivo de estos cuestionarios es evaluar el grado de comprensión de los alumnos frente a los temas que se abordarán durante la clase, y estimular el estudio de estos a medida que se van desarrollando, de forma tal que puedan plantearse las dudas con suficiente antelación al examen.

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